Community manager autónomo: cuota, IVA, IRPF y gastos (2026)
Si gestionas redes sociales como autónomo, casi todos tus clientes son negocios que te aplicarán retención. Esto es lo que te queda y qué puedes deducir.
IVA
Tus servicios llevan el 21 %. Si trabajas para una empresa de otro país de la UE, sin IVA (inversión del sujeto pasivo) y con alta en el ROI.
Retención de IRPF
Sí: 15 % al facturar a empresas o autónomos en España (7 % los primeros años).
Calcula una factura con la calculadora de facturas.
Qué tienes que presentar
• 303 (IVA, cada trimestre)
• 130 (IRPF), salvo que al menos el 70 % de tus ingresos llevara retención
• 390 (resumen anual de IVA)
• 100 (la renta)
Las fechas, en el calendario fiscal.
Gastos que puedes deducir
• Herramientas de programación y diseño (Metricool, Canva, Hootsuite)
• Publicidad que pagas tú y luego refacturas
• Ordenador, móvil y cámara (amortización)
• Cursos y formación
• Coworking o parte de casa
• Cuota de autónomo
Siempre con factura a tu nombre y relacionados con tu actividad. Más detalle en la guía de gastos deducibles.
Preguntas frecuentes
¿Cómo facturo la publicidad que pago por un cliente?
Si la pagas a tu nombre, tu factura al cliente incluye ese importe con IVA. Si la pagas en su nombre y con su tarjeta, no tienes que facturarla.
¿Puedo deducir el móvil?
Si lo usas para trabajar, sí. Si también es tu móvil personal, Hacienda puede discutir la parte privada; lo más seguro es un móvil o línea solo de trabajo.
¿Cuánto debería cobrar?
Depende de cuánto quieras ganar limpio y cuántas horas puedas facturar. Calcúlalo con la calculadora de precio por hora.
Calcula tu cuota de community manager
Cálculo orientativo con la tabla de 2026: base mínima de tu tramo × 31,5 %. Puedes elegir una base más alta y pagar más. No incluye IRPF ni bonificaciones como la tarifa plana.