Traductor autónomo: cuota, IVA, IRPF y gastos (2026)
Como traductor autónomo es muy habitual trabajar con agencias de otros países. Eso cambia el IVA de tus facturas y cuánto tienes que adelantar a Hacienda.
IVA
Las traducciones llevan el 21 %. Para agencias o empresas de otros países de la UE, sin IVA (inversión del sujeto pasivo); para clientes de fuera de la UE, en general tampoco.
Retención de IRPF
Sí: 15 % cuando facturas a empresas o autónomos en España (7 % los primeros años). Las agencias extranjeras no te retienen.
Calcula una factura con la calculadora de facturas.
Qué tienes que presentar
• 303 (IVA, cada trimestre)
• 130 (IRPF), salvo que al menos el 70 % de tus ingresos llevara retención
• 349 (si tienes clientes de la UE)
• 390 (resumen anual de IVA)
• 100 (la renta)
Las fechas, en el calendario fiscal.
Gastos que puedes deducir
• Programas de traducción asistida (Trados, memoQ) y diccionarios
• Ordenador y pantallas (amortización)
• Asociaciones profesionales y formación
• Parte proporcional de casa si trabajas desde ella
• Comisiones de plataformas de pago
• Cuota de autónomo
Siempre con factura a tu nombre y relacionados con tu actividad. Más detalle en la guía de gastos deducibles.
Preguntas frecuentes
¿Las traducciones juradas llevan IVA?
Sí, el 21 % igual que el resto, con las mismas reglas si el cliente es extranjero.
¿Qué pasa con las comisiones de PayPal o Wise?
Son gasto deducible. Guarda los justificantes de cada cobro.
Si mis clientes son de fuera, ¿tengo que presentar el 303?
Sí, aunque salga a cero o a devolver. Y el 349 si tienes clientes de la UE.
Calcula tu cuota de traductor
Cálculo orientativo con la tabla de 2026: base mínima de tu tramo × 31,5 %. Puedes elegir una base más alta y pagar más. No incluye IRPF ni bonificaciones como la tarifa plana.