Esteticista autónomo: cuota, IVA, IRPF y gastos (2026)
Con un centro de estética tienes mucho gasto en aparatos y productos. Esto es lo que pagas de cuota, IVA e IRPF y cómo aprovechar los gastos.
IVA
Los tratamientos de estética (depilación, faciales, manicura, uñas) llevan el 21 % de IVA. No están exentos como los sanitarios aunque se parezcan.
Retención de IRPF
No, por ser actividad empresarial (1 % si estás en módulos y facturas a una empresa).
Calcula una factura con la calculadora de facturas.
Qué tienes que presentar
• 303 (IVA, cada trimestre)
• 130 (IRPF) o 131 si estás en módulos
• 390 (resumen anual de IVA)
• 100 (la renta)
Las fechas, en el calendario fiscal.
Gastos que puedes deducir
• Productos y material desechable
• Aparatología: láser, camillas, lámparas (amortización)
• Alquiler del local y suministros
• Formación en nuevas técnicas
• Seguro de responsabilidad civil
• Cuota de autónomo, TPV y programa de citas
Siempre con factura a tu nombre y relacionados con tu actividad. Más detalle en la guía de gastos deducibles.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dar tickets en vez de facturas?
Sí, factura simplificada a particulares. Para los institutos de belleza el límite es de 3.000 € IVA incluido.
¿Cómo deduzco una máquina de láser cara?
Se amortiza en varios años. El IVA lo recuperas entero en el trimestre de la compra.
¿Me afecta Verifactu?
Sí: si haces tickets o facturas con programa, desde el 1 de julio de 2027 tiene que ser compatible con Verifactu.
Calcula tu cuota de esteticista
Cálculo orientativo con la tabla de 2026: base mínima de tu tramo × 31,5 %. Puedes elegir una base más alta y pagar más. No incluye IRPF ni bonificaciones como la tarifa plana.