Diseñador gráfico autónomo: cuota, IVA, IRPF y gastos (2026)
Como diseñador gráfico autónomo sueles facturar a empresas, así que casi todas tus facturas llevarán IVA y retención de IRPF. Aquí tienes lo que tienes que saber, con números.
IVA
Si trabajas para una empresa de otro país de la UE, no cobras IVA (inversión del sujeto pasivo): tienes que darte de alta en el ROI y presentar el modelo 349. Si el cliente es de fuera de la UE, normalmente tampoco lleva IVA.
Retención de IRPF
Sí: 15 % de IRPF cuando facturas a empresas o a otros autónomos en España (7 % el año en que te das de alta y los dos siguientes). A particulares, sin retención.
Calcula una factura con la calculadora de facturas.
Qué tienes que presentar
• 303 (IVA, cada trimestre)
• 130 (IRPF, cada trimestre), salvo que al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevara retención
• 390 (resumen anual de IVA)
• 100 (la renta)
Las fechas, en el calendario fiscal.
Gastos que puedes deducir
• Programas y suscripciones (Adobe, Figma, tipografías, bancos de imágenes)
• Ordenador, tableta gráfica y monitor (se amortizan en varios años)
• Cursos y formación relacionados con tu trabajo
• Cuota de autónomo
• Parte de los suministros de casa si trabajas desde ella (30 % de la parte proporcional de la vivienda afecta)
• Coworking, web, dominio y hosting
Siempre con factura a tu nombre y relacionados con tu actividad. Más detalle en la guía de gastos deducibles.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que cobrar IVA a un cliente de otro país?
Si es una empresa de la UE con número de IVA intracomunitario, no: facturas sin IVA y lo indicas en la factura (inversión del sujeto pasivo). Necesitas estar dado de alta en el ROI. Si es de fuera de la UE, en general tampoco.
¿Puedo desgravar el ordenador?
Sí, si lo usas para trabajar. Al ser un bien que dura varios años, se amortiza: deduces una parte cada año. Si cuesta menos de 300 € puedes deducirlo entero el mismo año, con un límite total de 25.000 € al año.
¿Me conviene pedir el 7 % de retención?
Si es tu primer año o los dos siguientes, puedes aplicar el 7 % en vez del 15 %. Cobras más cada mes, pero en la renta puede salirte a pagar. Guarda una parte por si acaso.
Calcula tu cuota de diseñador gráfico
Cálculo orientativo con la tabla de 2026: base mínima de tu tramo × 31,5 %. Puedes elegir una base más alta y pagar más. No incluye IRPF ni bonificaciones como la tarifa plana.